Redactor: Sam Torne
El límite para que las personas físicas en México presenten su declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) será el 30 de abril. Aunque muchos lo ven como una obligación más, lo cierto es que este trámite también puede traer beneficios, especialmente si generaste un saldo a favor.
Este saldo se produce cuando pagaste más impuestos de los que te correspondían durante el ejercicio fiscal anterior. En estos casos, puedes solicitar al SAT que te devuelva ese excedente. Y si todo está en orden, el reembolso puede llegar automáticamente a tu cuenta bancaria.
¿Qué es el saldo a favor y quién lo puede solicitar?
El saldo a favor es un derecho que tienen todos los contribuyentes —tanto personas físicas como morales— cuando sus pagos exceden la cantidad que debían tributar. Esto puede ocurrir si hiciste deducciones personales (como gastos médicos o escolares), si tu patrón retuvo de más, o si hiciste pagos provisionales mayores a los necesarios.
Según la Ley Federal de Derechos del Contribuyente, puedes solicitar esta devolución hasta cinco años después de haber presentado tu declaración, siempre y cuando cumplas con los requisitos básicos y tengas tus datos bancarios actualizados.
¿Cómo saber si el SAT ya te depositó?
Si tu declaración fue aceptada y no hubo observaciones, es posible que el SAT haya iniciado el proceso de reembolso. Para saber en qué estatus se encuentra tu devolución, sigue estos pasos:
- Entra a www.sat.gob.mx
- Haz clic en «Continuar al sitio»
- Ve a «Trámites y servicios»
- Selecciona «Constancias, devoluciones y notificaciones»
- Haz clic en «Devoluciones y compensaciones»
- Da clic en «Estados de devolución»
- Accede a «Solicita tu devolución»
- Ingresa al Buzón Tributario con tu RFC, contraseña o e.firma
- En la sección «Devolución Automática de ISR» del ejercicio 2024 podrás ver el estatus de tu solicitud.
- Los posibles estados son:
- «En proceso de validación»
- «Rechazada»
- «Proceso de pago» (significa que fue aprobada y será depositada pronto)
Qué necesitas tener a la mano
Para realizar o dar seguimiento a tu solicitud, asegúrate de contar con:
- Tu RFC
- La CLABE interbancaria de tu cuenta
- Una identificación oficial vigente
- Un estado de cuenta no mayor a dos meses
- Tu contraseña o e.firma
Recuerda…
El SAT tiene hasta 40 días hábiles para resolver tu solicitud, de acuerdo con el artículo 22 del Código Fiscal de la Federación. Si pasa ese tiempo y no has recibido respuesta, puedes hacer un seguimiento o presentar una aclaración desde el mismo Buzón Tributario.
No dejes pasar esta oportunidad. Estar al día con el SAT puede traerte de vuelta parte de tu dinero, siempre que cumplas con los requisitos y verifiques tu información a tiempo.
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