AncopNoticias

¡Peligro! la agenda feminista radical de Sheinbaum que destruye los derechos de los hombres

¡Peligro! la agenda feminista radical de Sheinbaum que destruye los derechos de los hombres

El pasado 3 de octubre, la presidenta Claudia Sheinbaum, presentó reformas constitucionales para lo que nombró «apoyo y protección de las mujeres», en estas se realizan iniciativas de reformas constitucionales, y proposiciones de leyes que serán discutidas. Antes de analizar su discurso e iniciativas, nos proponemos realizar un análisis objetivo visto desde la perspectiva de cinco teorías de las ciencias políticas, de esta manera, observar que, aunque las iniciativas buscan proteger a las mujeres, pueden generar nuevas desigualdades al no considerar las capacidades y derechos de los hombres. 

Es importante comenzar haciendo una distinción de la ideología de la Presidenta Sheinbaum, que parece ser la del feminismo radical, en comparación con el feminismo de igualdad. 

Las primeras olas del feminismo jugaron un papel importante en la lucha por los derechos de las mujeres, sin embargo, existen distintas corrientes entre las más conocidas están: el feminismo de la igualdad y el feminismo radical. Se diferencian en que el feminismo de la igualdad busca que hombres y mujeres tengan los mismos derechos, así como las mismas oportunidades, mientras que el feminismo radical se enfoca en combatir lo que percibe como una opresión sistemática de las mujeres y, en algunos casos, busca otorgar privilegios exclusivos a las mujeres como una forma de compensar las desigualdades históricas. 

Sheinbaum parece inclinarse hacia el feminismo más radical, donde se otorgan derechos y protecciones exclusivas a las mujeres. Sin embargo, esta postura resulta en una desigualdad de facto hacia los hombres, tal como es el caso de las leyes españolas. El feminismo de la igualdad, por su parte, promovería una legislación que protegiera a todos los ciudadanos, sin importar su género, de esta las iniciativas estarían alineadas con la constitución mexicana. 

Es muy importante no olvidarse de la declaración de los derechos humanos, que establece que todos los seres humanos, sin importar su género, tienen derecho a la misma protección y goce de sus libertades fundamentales. Desde esta perspectiva, las reformas constitucionales al solo proteger a las mujeres, están violando el principio de no discriminación y la universalidad de los derechos humanos.  

La Constitución mexicana en su primer artículo prohíbe toda forma de discriminación, así como cualquier política que no ofrezca los mismos derechos a todas las personas, por lo que las iniciativas están en contradicción con este principio fundamental. 

Este autor introduce el concepto del «velo de la ignorancia» como un experimento mental que asegura que las leyes sean justas y equitativas para todos, sin importar el género, la clase social o cualquier otra condición. Es así como para él, las políticas públicas deberían ser diseñadas desde una posición imparcial, sin favorecer a un grupo sobre otro. 

Las iniciativas de Sheinbaum, al otorgar derechos exclusivos a las mujeres, es una violación del principio de imparcialidad que Rawls propugna. La justicia, según Rawls, debe garantizar que todas las personas tengan las mismas oportunidades, y las leyes no deben crear privilegios basados en características personales como el género. 

Si se tiene en cuenta la teoría de Rawls, las iniciativas pudieron haberse diseñado desde un punto de vista neutro, hacia la creación de una protección universal que no discrimine por género a los hombres, cumpliendo así con los principios de equidad y justicia. 

Por su parte la teoría crítica de género, analiza cómo las estructuras de poder perpetúan desigualdades basadas en el género. Teniendo en cuenta esto, y basándose en las iniciativas constitucionales de Sheinbaum, se puede argumentar que, al enfocarse únicamente en el género femenino, están reforzando un binarismo que perpetúa la idea de que los hombres no necesitan la misma protección.  

Lo que, gracias a ello, crea una sociedad donde los derechos de los hombres se ven relegados o minimizados, contribuyendo así a nuevas formas de desigualdad. 

Desarrollada por el economista, ofrece un marco teórico interesante por el cual se puede evaluar las medidas de Sheinbaum. El autor analiza las desigualdades sociales desde una perspectiva que va más allá de la distribución de recursos. Su teoría propone que la justicia no puede ser evaluada sólo en términos de ingresos o bienes materiales, sino que además hay que considerar las «capacidades» que tiene cada persona para realizar su potencial. De una forma más clara, una sociedad justa e igualitaria es aquella en la que las personas tienen la libertad efectiva para ser y hacer aquello que valoran.  

Por consiguiente, el concepto de «libertad» está centrado, en su teoría, en la capacidad de las personas para elegir y actuar de acuerdo a sus valores y aspiraciones personales. Ahora, si llevamos dicha teoría a las iniciativas constitucionales de Sheinbaum, se observa cómo estas afectan las capacidades de los hombres; en su enfoque exclusivo a las mujeres, se corre el riesgo de limitar las libertades y oportunidades de los hombres. Para Amantya Sen cualquier política pública debe evaluar su impacto en las libertades de todas las personas, y no solo en ciertos grupos de la población. 

Estas iniciativas al enfocarse solo en las mujeres, podrían interpretarse como limitaciones o restricciones a las capacidades de los hombres de ejercer su libertad. Un ejemplo de ello, es la exclusión tácita de los hombres de algunas protecciones legales, como la protección contra la violencia o simplemente la igualdad de derechos, conllevando a reducir sus oportunidades de vivir una vida libre de violencia, y ejercer sus derechos plenamente. 

En ese sentido, según la teoría de Sen, las iniciativas ponen las bases a una sociedad que no promueve la libertad de todos los ciudadanos, sino sólo de una parte de ellos. Por lo que, si la justicia implica la capacidad que tienen todas las personas de vivir una vida con la que puedan realizarse a sí mismos, entonces una política que no ofrezca protecciones igualitarias sería inherentemente injusta. 

Algo importante que sugiere esta teoría, que se debe tener en cuenta, es que una verdadera igualdad no se logra sólo con promulgación de leyes, sino mediante la creación de condiciones en las que todas las personas, sin importar su género, puedan tener acceso a las mismas oportunidades. El hecho de que Sheinbaum centre sus reformas en las mujeres, justificando la «protección» adicional para este grupo, puede resultar en la marginación de los hombres, quienes también enfrentan altos índices de violencia y otros desafíos sociales.  

De esta manera, al no tener en cuenta las necesidades y capacidades de todos los géneros, las reformas podrían estar contribuyendo a una forma de discriminación que socava los principios de libertad y justicia que Sen defiende. 

Para poner estas discriminaciones bajo la mesa, puedo mencionar, leyes que benefician únicamente a las mujeres por su género por encima de los hombres. Leyes que limitan la libertad de los hombres, llevadas a cabo por el gobierno español, un país referente, al compartir la ideología del feminismo radical, para las políticas que Sheinbaum piensa establecer en México. 

Estás son solo tres de las más de 300 leyes discriminatorias para los hombres en España. 

  1. Derecho a incentivos a la contratación exclusivo para mujeres. Real Decreto-ley 4/2013 (https://acortar.link/YQJq3R
  1. Derecho a ayudas al emprendimiento únicamente para mujeres. Programa Emega 2021 (https://acortar.link/TFQBb0
  1. Derecho a una deducción en el IRPF de 100 euros al mes para madres trabajadoras, el padre debe tener la custodia exclusiva. (https://acortar.link/Btwc2r

Incluso el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sentenció que una de esas leyes en materia de complementos a pensiones por hijos discriminaba a los hombres (https://acortar.link/GeZxnD). 

El ilustre escritor de literatura utópica y fábulas, George Orwell, autor de la reconocida novela 1984. Ya advertía que el lenguaje puede ser un instrumento para la manipulación de masas, en frases como: «El pensamiento corrompe al lenguaje, pero el lenguaje también puede corromper el pensamiento», añadiría qué, al ser el pensamiento colectivo quien construye la realidad, un lenguaje corrompido puede dar lugar a una realidad sesgada e igualmente corrompida.  

Un ejemplo de ello es llamar «derechos» a leyes que son privilegios otorgados solo por su género (no debe confundirse con aquellas verdaderos derechos que se derivan de un estado como el derecho a la licencia de maternidad, ya que este no se deriva por ser mujer, debido a que no todas las mujeres serán madres, se deriva por su condición en los primeros días del parto), cambiar el lenguaje para que un privilegio sea un «derecho», todos en desacuerdo en brindar privilegios por encima de otros, pero pocos o nadie se impondrá ante los «derechos». Nada diferente a lo que relata la novela 1984 de Orwell, donde la palabra guerra era borrada y sustituida por la «paz». 

Vemos cómo por medio de las anteriores teorías, el postulado político de la primera presidenta de México entra en conflicto, contrario al derecho de los hombres. En el próximo análisis estaremos analizando el discurso del 3 de octubre de la primera mandataria de la nación. 

¿Te gustó nuestra nota? ¡Contáctanos y deja tu comentario! AQUÍ

Conoce nuestra red ANCOP Network AQUÍ

Post Views80 Total Count
Scroll al inicio