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¿Las reformas de Sheinbaum promueven la igualdad o generan privilegios en el sistema legal? (3° parte)

En el anterior artículo analizamos el discurso inicial de la presidenta Sheinbaum, en esta iremos a lo tangible que son las propuestas de modificaciones que se pretenden modificar. Las modificaciones a leyes y constitución hechas son las siguientes: 

Lee también: Homicidios en México: ¿Las estadísticas revelan un enfoque sesgado en la protección gubernamental? (2° parte) 

Reformas constitucionales y legales para las mujeres más derechos y mayor protección para las mexicanas 

  1. Se garantiza la igualdad sustantiva para las mujeres en la Constitución. 
  1. Se garantiza la igualdad salarial entre hombres y mujeres (a trabajo igual, salario igual sin distinción de género). 
  1. Se amplía la obligatoriedad de paridad de género en toda la Administración Pública Federal y estatal para gabinetes de entidades y municipios. 
  1. Se fortalecen las medidas de protección para las mujeres en materia de violencia digital (Ley Olimpia) y para las leyes que garantizan que el agresor salga de casa. 
  1. Se garantiza mayor protección para las mujeres frente a la denominada violencia vicaria (violencia contra las mujeres ejercida a través de una tercera persona, generalmente por medio de amenazas, condicionamiento y agresiones a través de de las y los hijos). 
  1. Se dispone que todas las entidades federativas deberán contar con fiscales de investigación de delitos por razón de género. 
  1. Se establece que las instituciones de seguridad pública y procuración de justicia deberán ajustar sus actuaciones con perspectiva de género. 
  1. Se establece en la Constitución el derecho de todas las personas a una vida libre de violencia. 
  1. Se dispone que el Estado mexicano tiene deberes reforzados con las mujeres, es decir, de fortalecer y profundizar su actuación para garantizar una vida libre de violencia. 
  1. Se establece que las autoridades federales puedan conocer de las medidas de protección que derivan de delitos del fuero común por razones de género. 
  1. Para mayor coordinación y colaboración institucional y entre los tres órdenes de gobierno, se crea el Registro Nacional de medidas de protección de las mujeres, adolescentes, niñas y niños. 

Al respecto se puede comentar de cada una de ellas: 

  1. Al brindar «derechos» especiales a un grupo de la población sólo por razón de su género, en este caso las mujeres, se vulnera al otro género, los hombres. Al no ser universales, se convierten en privilegios. 
  1. Ya se mencionó los problemas de este sesgo anteriormente. 
  1. Esto sucede cuando el sesgo ideológico va más allá del sentido común, en todo trabajo se necesitan personas preparadas y capaces, el estado debe brindar las mismas oportunidades a todos, y no escoger con base a lo que tienen entre las piernas.  

Supongamos que han elegido la cuota del 50% mejores mujeres, pero que si hubieran elegido a los mejores, obtendrían que el entre los mejores el 60% eran mujeres, habrá un 10% de hombres que serán menos capaces y preparados que ese 10% de mujeres que no pudieron ingresar por haberse cumplido la cuota, esto mismo se puede indicar para los hombres. 

  1. Las leyes garantizan que el agresor salga de casa, sin embargo, si la mujer es la agresora, sea en una pareja heterosexual u homosexual, las leyes no garantizarán lo mismo. Lo que deja entre ver, el sesgo ideológico en contra de los hombres por ser hombres.  

Respecto a la llamada violencia digital, que llamaría más acoso digital, esta es las estadísticas del INEGI, a continuación, se revela que tanto las mujeres como hombres son acosados en casi la misma medida, a diferencia de algunas variantes, lo cual se da a entender que tanto hombres como mujeres necesitan protección ante tales acoso, y no solo brindarlo a las mujeres por ser mujeres. 

Fuente: https://acortar.link/tqvQuC 

  1. Bajo la lógica de que las mujeres sufren más violencia por parte de un tercero, y por eso deben ser más protegidas al respecto de los hombres que sufren.  
  1. «Razón de género» existen dos géneros masculino y femenino, independientemente de los malabares de sociólogos de cierta ideología. Ya se debe saber que estos fiscales tendrán la ideología feminista en la cabeza, por lo que no será un juicio justo para los hombres. Por otro lado, el simple hecho de mencionar «razón de género» y que el lector sepa que solo se están refiriendo al género femenino, discriminando al género masculino, ya debe ser una señal de alarma de como se ha moldeado el lenguaje para que se piense lo que la ideología feminista quiere que se piense. 
  1. Esto no es más que la justicia tenga un sesgo de género, ¿Por qué se ha de tratar a un asesino diferente con base a su género? Claro ejemplo, es la ley española: Ley Orgánica 1/2004, que da mayor pena a los hombres, que a las mujeres por el mismo delito. 
  1. Así debería ser el derecho a todas las personas a una vida libre de violencia, pero tras ver el discurso de la presidenta, se sabe que no incluirá a los hombres, y los niños perderán este derecho al convertirse en hombres. 
  1. «El Estado mexicano tiene deberes reforzados con las mujeres» ¿Por qué? Esta afirmación no es más que el estado mexicano pone como prioridad los deberes de distinta índole de las mujeres, por encima de los hombres. Discriminación, demos sepultura al primer artículo de la constitución.  
  1. Esto no es más que permeabilizará a las demás entidades con el sesgo ideológico de la presidenta. 
  1. Continuación de la discriminación hacia los hombres, un organismo burocrático que institucionalice la desigualdad entre hombres y mujeres, protegiendo a unos sobre otros. 

Para terminar, el caso de homicidios sexuales de niños y adolescentes durante 2022, son los siguientes: 

Fuente: https://acortar.link/tqvQuC 

Con el anterior gráfico se manifiesta que tanto hombres y mujeres tienen problemáticas especiales, que deben tener mecanismos de acción especiales, sin embargo, esto no puede conllevar a leyes especiales para uno u otro género, debido que a pesar de que al género masculino tenga una menor taza de violencia sexual, estos deben estar igualmente protegidos que el género femenino. Nunca promover «derechos» que al final del día se convierten en privilegios, al ser exclusivos de un género solo por ser de ese género. 

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