¿Perderás el aumento en tu pensión del IMSS? Los requisitos actualizados para las asignaciones familiares

¿Perderás el aumento en tu pensión del IMSS? Los requisitos actualizados para las asignaciones familiares

A partir de enero de 2025, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) implementará modificaciones en las asignaciones familiares que afectan a ciertos pensionados. Estas asignaciones son incrementos adicionales a la pensión base, otorgados en función de las cargas familiares del beneficiario. Sin embargo, algunos pensionados verán reducidos sus ingresos debido al cese de estos beneficios. 

Las asignaciones familiares son porcentajes adicionales que se suman a la pensión base de los jubilados, destinados a apoyar económicamente a sus dependientes. Según la Ley del Seguro Social, estos incrementos se distribuyen de la siguiente manera: 

  • 15% adicional por cónyuge o concubina(o). 
  • 10% adicional por cada hijo menor de 16 años. 
  • 10% adicional por cada hijo de entre 16 y 25 años que esté estudiando y no esté afiliado al régimen obligatorio. 
  • 10% adicional por hijos con discapacidad permanente o enfermedad crónica, sin importar la edad, mientras la inhabilitación persista.  
  • 10% adicional por cada padre dependiente económicamente del pensionado, en ausencia de cónyuge o hijos que cumplan con los criterios anteriores.  

A partir de enero de 2025, algunos pensionados dejarán de recibir el incremento del 10% correspondiente a las asignaciones familiares. Esto se debe a que ciertos beneficiarios ya no cumplen con los requisitos establecidos para recibir este apoyo. Por ejemplo, los hijos que alcanzan la mayoría de edad o concluyen sus estudios pierden el derecho a esta asignación, lo que resulta en una reducción del monto total de la pensión.  

Para conservar las asignaciones familiares, es fundamental que los beneficiarios cumplan con los criterios establecidos por el IMSS: 

  • Cónyuge o concubina(o): deben acreditar el vínculo matrimonial o de concubinato y no tener ingresos propios superiores al salario mínimo.  
  • Hijos menores de 16 años: se otorga el 10% adicional por cada hijo en este rango de edad. 
  • Hijos de 16 a 25 años: deben estar inscritos en el Sistema Educativo Nacional y no estar afiliados al régimen obligatorio del seguro social.  
  • Hijos con discapacidad permanente o enfermedad crónica: sin límite de edad, mientras la inhabilitación persista. 
  • Padres: en ausencia de cónyuge o hijos que cumplan con los criterios anteriores, se concede una asignación del 10% por cada padre que dependa económicamente del pensionado.  

Es crucial que los pensionados mantengan actualizada su información y la de sus beneficiarios ante el IMSS para asegurar el correcto cálculo de sus pensiones. La falta de actualización puede resultar en la pérdida de asignaciones familiares, afectando el ingreso mensual del pensionado. Para más detalles sobre las asignaciones familiares y los requisitos específicos, se recomienda consultar la página oficial del IMSS o acudir a las oficinas correspondientes.  

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