Redactor: Sam Torne
Estados Unidos ha obtenido una victoria significativa en una disputa comercial bajo el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), relacionada con las restricciones de México al maíz genéticamente modificado (GM).
Un panel de resolución de disputas determinó que las medidas de México, que buscaban prohibir el uso de maíz transgénico para consumo humano, no se basaban en principios científicos y contravenían los compromisos del T-MEC. El panel concluyó que las restricciones mexicanas elevaban innecesariamente las barreras comerciales y carecían de fundamentos científicos sólidos.
Reacciones de las partes involucradas
La representante comercial de Estados Unidos, Katherine Tai, expresó que la decisión reafirma las preocupaciones sobre las políticas biotecnológicas de México y su impacto negativo en las exportaciones agrícolas estadounidenses. Por su parte, el secretario de Agricultura de EE. UU., Tom Vilsack, señaló que el fallo garantiza que los productores y exportadores estadounidenses mantendrán un acceso pleno y justo al mercado mexicano.
El gobierno mexicano, a través de la Secretaría de Economía, manifestó su respeto por la decisión del panel, aunque expresó su desacuerdo, argumentando que las medidas estaban alineadas con la protección de la salud pública y los derechos de los pueblos indígenas. A pesar de ello, México aceptó acatar la resolución y tiene un plazo de 45 días para ajustar sus políticas conforme al fallo.
Implicaciones para el comercio agrícola
México es uno de los principales importadores de maíz estadounidense, adquiriendo aproximadamente 3 mil millones de dólares anuales, principalmente para la alimentación de ganado. La prohibición propuesta por México generó preocupación entre los agricultores estadounidenses, quienes temían perder un mercado clave para sus exportaciones.
El fallo del panel subraya la importancia de que las políticas comerciales se basen en evidencia científica y cumplan con los acuerdos internacionales establecidos. Esta decisión también destaca la eficacia de los mecanismos de resolución de disputas del T-MEC para abordar y resolver controversias comerciales entre los países miembros.
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